Abogado y procurador: ¿por qué necesito a los dos?

Mucha gente no entiende por qué hay que pagar a dos profesionales distintos para ir a juicio. Te contamos qué hace cada uno, cómo trabajan juntos y en qué casos te puedes ahorrar uno de ellos.

La diferencia clave:

El abogado defiende (asesoramiento, estrategia, escritos, defensa en juicio). El procurador representa (presentación de documentos, notificaciones, plazos, enlace con el juzgado). Son figuras complementarias, no intercambiables.

Funciones del abogado vs funciones del procurador

Aspecto Abogado Procurador
Función principalDefensa técnicaRepresentación procesal
Qué haceAsesora, redacta escritos, defiende en juicioPresenta escritos, recibe notificaciones, controla plazos
ColegioColegio de AbogadosColegio de Procuradores
HonorariosLibres (los fija el profesional)Regulados por arancel oficial
Coste medio600 — 5.000 €150 — 1.500 €
Habla en el juicioNo (salvo excepciones)
Relación con el juzgadoIndirecta (a través del procurador)Directa (es el interlocutor oficial)

¿Cómo trabajan juntos abogado y procurador?

En un procedimiento judicial típico, la dinámica de trabajo es la siguiente:

  1. El abogado analiza el caso y decide la estrategia legal.
  2. El abogado redacta la demanda o el escrito procesal correspondiente.
  3. El procurador presenta el escrito ante el juzgado y se asegura de que se registra correctamente.
  4. El juzgado envía notificaciones al procurador, que las comunica inmediatamente al abogado y al cliente.
  5. El abogado defiende al cliente en la vista oral; el procurador asiste como representante procesal.
  6. El procurador recibe la sentencia y la traslada al abogado, que la analiza y aconseja al cliente sobre si recurrir.

Es un trabajo en equipo donde cada profesional aporta su especialización. El procurador es el puente oficial entre el cliente y el juzgado.

¿Cuándo necesitas abogado y cuándo procurador?

La regla general en España es que abogado y procurador son obligatorios en la mayoría de procedimientos judiciales. Las principales excepciones son:

No necesitas procurador (pero sí abogado):

No necesitas ni abogado ni procurador:

Comparativa de costes: abogado vs procurador

Los honorarios del procurador son siempre considerablemente inferiores a los del abogado, ya que están regulados por arancel oficial:

Procedimiento Abogado Procurador
Divorcio mutuo acuerdo600 — 1.200 €150 — 400 €
Juicio ordinario2.000 — 5.000 €400 — 1.500 €
Reclamación de cantidad800 — 2.000 €200 — 500 €

Para conocer los precios detallados del procurador, consulta nuestro artículo ¿cuánto cuesta un procurador?.

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¿Tiene que ser del mismo despacho?

No. El cliente elige abogado y procurador de forma completamente independiente. No necesitan pertenecer al mismo despacho, ni siquiera conocerse previamente. Lo habitual es que el abogado recomiende un procurador de confianza con el que trabaja habitualmente, pero la decisión final es siempre del cliente.

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Preguntas frecuentes

¿Es lo mismo un abogado que un procurador?

No. Son profesiones distintas con funciones complementarias. El abogado se encarga de la defensa técnica (asesorar, redactar escritos, defender en juicio). El procurador se encarga de la representación procesal (presentar documentos ante el juzgado, recibir notificaciones, controlar plazos).

¿Puede un abogado hacer de procurador?

No. Son profesiones incompatibles: un profesional no puede ejercer ambas simultáneamente. Un abogado no está habilitado para actuar como procurador y viceversa. Cada uno requiere su propia colegiación específica.

¿Puedo elegir al abogado y al procurador por separado?

Sí, el cliente elige libremente a su abogado y a su procurador de forma independiente. No tienen por qué pertenecer al mismo despacho ni conocerse previamente, aunque suelen coordinarse estrechamente durante el procedimiento.

¿En qué casos necesito procurador pero no abogado?

En la práctica, no hay casos en los que se exija procurador sin abogado. Cuando la ley exige procurador, también exige abogado. Sin embargo, hay casos donde se exige abogado pero no procurador (como ciertos procedimientos de cuantía inferior a 2.000 €).

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