Procurador para concurso de acreedores en Palencia

Si te encuentras inmerso en procurador para concurso de acreedores con competencia territorial en Palencia, necesitas designar un procurador colegiado en el Colegio de Procuradores de Palencia. En BuscaProcurador.com tienes a tu disposición 39 procuradores colegiados en Palencia para asumir tu representación procesal. La tarifa orientativa para este tipo de procedimiento se sitúa entre 600€ y 3,500€ (aranceles RD 1373/2003).

¿Procurador?
Obligatorio
Disponibles en Palencia
39 colegiados
Duración estimada
Persona física con exoneración: 6-18 meses. Pyme: 1-2 años. Empresa con convenio o liquidación compleja: 2-4 años.

Procuradores en Palencia que pueden llevar tu caso

ME
Maria Eugenia Moro Terceño
Palencia
AV
Alberto Victor Perez Fernandez
Cervera Del Pisuerga
AI
Ana Isabel Bahillo Tamayo
Palencia
AI
Ana Isabel Valbuena Rodriguez
Guardo
AM
Ana Maria Reyes Gonzalez
Palencia
AM
Ana Maria Rosa Anton Beltran
Palencia
AH
Arturo Herrero Sanchez
Palencia
ER
Elena Rodriguez Garrido
Palencia
FJ
Fernando Jose Fernandez de la Reguera Calle
Palencia
FJ
Francisco Javier Espinosa Puertas
Cervera Del Pisuerga
IA
Isabel Abad Helguera
Palencia
JA
Jose Alberto Gutierrez Prieto
Carrion De Los Condes

Ver los 39 procuradores de Palencia →

¿Cuánto cuesta el procurador en Palencia?

Arancel RD 1373/2003 sobre el pasivo total. Concurso de persona física (Ley 16/2022): 600-1.200 €. Concurso de PYME: 1.200-2.500 €. Concurso de empresa mediana/grande: 2.500-3.500 € o más.

Recuerda que estos importes son orientativos del arancel nacional (RD 1373/2003); la cifra final dependerá de la cuantía concreta de tu caso y de los suplidos aplicables. Cada procurador puede pactar honorarios distintos. En Palencia los suplidos típicos suelen incluir desplazamiento al juzgado, tasas judiciales (si aplican) y copias.

Fases del procedimiento

  1. Solicitud de concurso (voluntario por deudor o necesario por acreedor): el procurador presenta la solicitud con balance, lista de acreedores y memoria.
  2. Auto de declaración de concurso: el juzgado declara concurso y nombra administración concursal.
  3. Fase común: la administración concursal valora masa activa, pasiva, créditos.
  4. Fase de convenio (si los acreedores aceptan plan de pago) o fase de liquidación (venta de activos).
  5. En concurso de persona física: solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI / EPI).
  6. Conclusión y archivo. Recursos en su caso ante la Audiencia Provincial.

Suplidos típicos

Publicaciones en BOE, edictos, inscripciones registrales, gastos del administrador concursal (separados pero coordinados), peritos.

Consejos prácticos

  • Para personas físicas, la Ley 16/2022 (Ley de Reforma Concursal) facilita mucho exonerar deudas: si cumples requisitos, puedes salir del concurso sin pagar lo no cubierto por activos. Tu procurador debe conocer esta vía.
  • No te confíes con "concurso exprés" anunciado en webs por 300 €: los precios reales arrancan en 600 € y suben rápido según complejidad. Servicios baratos suelen significar mala gestión.
  • Si eres empresa con flujo de caja salvable, pide convenio antes que liquidación: salvas el negocio. Tu procurador y abogado mercantilista valoran esa estrategia.
  • En concursos de empresas, busca procurador con experiencia específica en mercantil. La curva de aprendizaje en concursos es muy alta.
  • Te van a designar un Administrador Concursal: NO es tu procurador, son figuras distintas. El procurador te representa a ti, el administrador gestiona la masa concursal.

Preguntas frecuentes

¿Necesito procurador para declararme en concurso?

Sí, siempre. Tanto en concurso de empresa como de persona física (antes "Ley de Segunda Oportunidad"). Es obligatorio por la Ley Concursal.

¿Cuánto cuesta un procurador en un concurso?

Persona física: 600-1.200 €. Pyme: 1.200-2.500 €. Empresa mediana: 2.500-3.500 €. Varía mucho según masa pasiva, número de acreedores y duración. Suplidos aparte.

¿Puedo conseguir procurador gratis en un concurso de persona física?

Sí, si reúnes requisitos de justicia gratuita. La Ley 1/1996 cubre también el concurso. El Colegio designa procurador del turno de oficio especializado en mercantil.

¿Cuánto se tarda en exonerar las deudas?

En concurso de persona física con plan de pagos: 3-5 años. Sin plan de pagos (exoneración total inmediata): 6-18 meses si todo va fluido.

¿Y mi empresa puede seguir operando durante el concurso?

Depende. Si se acuerda convenio: sí, con ciertas restricciones. Si se va a liquidación: hay un periodo transitorio bajo control del administrador concursal. Tu procurador te traslada las resoluciones.