Procurador para juicio monitorio en Cáceres

Si te encuentras inmerso en procurador para juicio monitorio con competencia territorial en Cáceres, necesitas designar un procurador colegiado en el Colegio de Procuradores de Cáceres. En BuscaProcurador.com tienes a tu disposición 102 procuradores colegiados en Cáceres para asumir tu representación procesal. La tarifa orientativa para este tipo de procedimiento se sitúa entre 90€ y 350€ (aranceles RD 1373/2003).

¿Procurador?
Opcional
Disponibles en Cáceres
102 colegiados
Duración estimada
Sin oposición ni necesidad de ejecución: 2-3 meses. Con ejecución directa: 6-12 meses. Con oposición y juicio: 8-18 meses.

Procuradores en Cáceres que pueden llevar tu caso

MC
Maria Cruz Martin Parra
Trujillo
AT
Amelia Torres Becedas
Plasencia
AI
Ana Isabel Arroyo Fernandez
Caceres
AM
Ana Maria Aguilar Marin
Plasencia
AM
Ana Maria Collado Diaz
Caceres
AM
Ana Maria Fernandez Fabian
Coria
AM
Ana Maria Mateos Hernandez
Coria
AM
Antonia Muñoz Garcia
Caceres
AC
Antonio Crespo Candela
Caceres
AP
Antonio Prieto Calle
Plasencia
AR
Antonio Roncero Aguila
Caceres
AP
Asuncion Pacheco Ponciano
Alburquerque

Ver los 102 procuradores de Cáceres →

¿Cuánto cuesta el procurador en Cáceres?

Arancel oficial sobre cuantía. Monitorio < 6.000 €: 90-180 €. Monitorio 6.000-30.000 €: 180-350 €. Cuantías superiores escalan según arancel.

Recuerda que estos importes son orientativos del arancel nacional (RD 1373/2003); la cifra final dependerá de la cuantía concreta de tu caso y de los suplidos aplicables. Cada procurador puede pactar honorarios distintos. En Cáceres los suplidos típicos suelen incluir desplazamiento al juzgado, tasas judiciales (si aplican) y copias.

Fases del procedimiento

  1. Petición inicial: el procurador presenta formulario con datos del deudor y documentos acreditativos.
  2. Examen judicial: el letrado de la administración de justicia revisa si los documentos cumplen requisitos.
  3. Requerimiento de pago: el deudor tiene 20 días hábiles para pagar, oponerse motivadamente o no comparecer.
  4. Si paga: el procurador gestiona la baja del expediente y el cobro.
  5. Si no responde: ejecución directa, embargo de bienes y averiguación patrimonial.
  6. Si se opone: el proceso se transforma en juicio verbal u ordinario según cuantía.

Suplidos típicos

Práctica de notificaciones difíciles, exhortos si el deudor está en otra provincia, averiguación patrimonial (gratuita en monitorios), inscripciones en el Registro de Insolvencias.

Consejos prácticos

  • Para deudas claras y documentadas, monitorio es la vía. No te compliques con ordinario salvo que tengas dudas sobre la prueba.
  • Reúne documentos firmados o aceptados por el deudor: facturas con recepción acreditada, contratos, pagarés, mensajes con datos identificativos.
  • Para empresas con muchas deudas pequeñas, el procurador local en cada partido judicial es más eficiente que centralizar todo en una capital.
  • Si el deudor se opone con motivos inconsistentes, normalmente se condena en costas — recupera todo lo gastado en procurador.
  • El monitorio no interrumpe la prescripción hasta que el deudor es requerido: presenta cuanto antes para no quedarte sin tiempo si la deuda es vieja.

Preguntas frecuentes

¿Necesito procurador para el monitorio?

En la fase inicial no es obligatorio (puedes presentar formulario tú mismo). Pero si el deudor no paga ni se opone y entras en ejecución, sí. Y si hay oposición y pasa a verbal/ordinario de más de 2.000 €, también.

¿Cuánto cobra un procurador en un monitorio?

Según arancel y cuantía: entre 90 y 350 €. Suplidos muy bajos en esta fase. Si pasa a ejecución u oposición, los honorarios aumentan según el procedimiento posterior.

¿Cuánto tarda el monitorio?

Si el deudor no responde y va a ejecución directa: 2-3 meses hasta el embargo. Con oposición que pase a verbal/ordinario: 8-18 meses.

¿Puedo presentar el monitorio yo mismo sin abogado ni procurador?

Sí, en la fase inicial. Hay formularios oficiales (PDF de cumplimentación) en la web del Ministerio de Justicia. Pero si la cosa se complica, vas a necesitar profesional.

¿Qué pasa si el deudor está en otra provincia?

La competencia es del juzgado del domicilio del deudor. Necesitarás procurador habilitado en ese partido judicial. Tu procurador local puede coordinar mediante venia profesional con uno de la otra provincia.