Sentencia

El TC ampara derechos procesales en vicio de grabación de última palabra

El Tribunal Constitucional dicta sentencia sobre un recurso de amparo que cuestiona la revocación de una sentencia absolutoria por parte de la Audiencia Provincial de Madrid. El caso gira en torno a si un defecto técnico en la grabación del derecho a última palabra (el momento en el que el acusado puede hacer sus últimas declaraciones antes de la sentencia) constituye vulneración de derechos fundamentales.

La sentencia es relevante para abogados, procuradores y ciudadanos porque aclara qué vicios procedimentales en juicios penales justifican anular sentencias absolutorias. Especialmente importante: el TC examina si basta la afirmación de que una grabación defectuosa pudo causar indefensión, o si es necesario demostrar daño real. Esta doctrina afecta a cómo se validan las garantías del acusado en el proceso penal.

Fuente: BOE-A-2026-10606, Tribunal Constitucional, Sentencias.

Fuente original: Sala Segunda. Sentencia 31/2026, de 13 de abril de 2026. Recurso de amparo 809-2025. Promovido por don Mohamed Sali Mohamed respecto de la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que revocó el pronunciamiento absolutorio del juzgado de lo penal y ordenó la retroacción de actuaciones para la celebración de un nuevo juicio oral. Vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva (resolución fundada en Derecho) y a un proceso con todas las garantías: revocación de la sentencia absolutoria basada en la afirmación de que la defectuosa grabación del momento en el que el acusado ejerció su derecho a la última palabra pudo haberle causado indefensión, pese a que fuera absuelto.
Boletín Oficial del Estado — BOE-A-2026-10606

Este resumen se ha redactado automáticamente a partir del sumario oficial del BOE. Para conocer el texto íntegro y vinculante, consulta siempre la fuente original.