Poder especial
Apoderamiento limitado a un acto procesal concreto o a determinadas facultades.
Definición
El poder especial es un apoderamiento limitado, otorgado solo para un acto concreto o para determinadas facultades expresamente conferidas: renunciar a la acción, transigir, allanarse, recibir cantidades, instar la ejecución, etc.
Se diferencia del poder general en que no autoriza al procurador a tomar cualquier decisión, sino sólo lo expresamente indicado.
En la práctica, muchos poderes generales para pleitos incluyen facultades especiales ya recogidas. Si no, hay que otorgar poder especial complementario.
Ejemplo práctico
Un cliente da poder especial a su procurador exclusivamente para recibir el importe de una indemnización tras la sentencia, no para representarle en otros pleitos.
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