Conceptos jurídicos

Poder especial

Apoderamiento limitado a un acto procesal concreto o a determinadas facultades.

Definición

El poder especial es un apoderamiento limitado, otorgado solo para un acto concreto o para determinadas facultades expresamente conferidas: renunciar a la acción, transigir, allanarse, recibir cantidades, instar la ejecución, etc.

Se diferencia del poder general en que no autoriza al procurador a tomar cualquier decisión, sino sólo lo expresamente indicado.

En la práctica, muchos poderes generales para pleitos incluyen facultades especiales ya recogidas. Si no, hay que otorgar poder especial complementario.

Ejemplo práctico

Un cliente da poder especial a su procurador exclusivamente para recibir el importe de una indemnización tras la sentencia, no para representarle en otros pleitos.

Términos relacionados

Poder general para pleitos →
Mandato notarial o apud acta por el que el cliente apodera al procurador para representarl…
Representación procesal (postulación) →
Facultad del procurador de actuar en nombre de la parte en el procedimiento.…

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