Poder general para pleitos
Mandato notarial o apud acta por el que el cliente apodera al procurador para representarle.
Definición
El poder general para pleitos es el mandato por el que una persona (poderdante) autoriza al procurador (apoderado) a representarle ante todos los juzgados y tribunales para los procedimientos que le interesen.
Se puede otorgar ante notario (forma habitual, coste ≈ 50-80 €) o "apud acta" (en el propio juzgado, gratis, con menor coste pero limitado al asunto específico).
Sin este poder, el procurador no puede actuar legalmente en tu nombre. El poder es revocable en cualquier momento.
Ejemplo práctico
Antes de iniciar el divorcio, vas a tu notaría con el procurador propuesto y firmas escritura de poder general para pleitos. Coste: ~70 €.
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