Procurador para contencioso-administrativo en La Rioja

Si te encuentras inmerso en procurador para contencioso-administrativo con competencia territorial en La Rioja, necesitas designar un procurador colegiado en el Colegio de Procuradores de La Rioja. En BuscaProcurador.com tienes a tu disposición 60 procuradores colegiados en La Rioja para asumir tu representación procesal. La tarifa orientativa para este tipo de procedimiento se sitúa entre 200€ y 1,000€ (aranceles RD 1373/2003).

¿Procurador?
Obligatorio
Disponibles en La Rioja
60 colegiados
Duración estimada
Recurso en Juzgado Contencioso: 8-18 meses. Sala TSJ: 1-3 años. Casación TS: 2-4 años.

Procuradores en La Rioja que pueden llevar tu caso

MC
Maria Cristina Valdemoros Diaz de Tudanca
Logroño
AG
Adela Garcia Murillo
Calahorra
AG
Alberto Garcia Zabala
Logroño
AM
Ana Maria Escalada Escalada
Calahorra
AR
Ana Rosa Navarro Marijuan
Haro
AR
Ana Rosa Ramirez Marin
Logroño
AT
Andrea Toledo Martin
Logroño
BG
Blanca Gomez del Rio
Logroño
CR
Carina Raquel Gonzalez Molina
Logroño
CF
Concepcion Fernandez Torija
Logroño
EM
Estela Muro Leza
Logroño
EF
Eva Feriche Ochoa
Logroño

Ver los 60 procuradores de La Rioja →

¿Cuánto cuesta el procurador en La Rioja?

Arancel RD 1373/2003. Recursos en Juzgado: 200-450 €. Recursos en Sala TSJ: 400-700 €. Casación contenciosa: 700-1.000 €. Suplidos por copias del expediente administrativo (a veces extenso).

Recuerda que estos importes son orientativos del arancel nacional (RD 1373/2003); la cifra final dependerá de la cuantía concreta de tu caso y de los suplidos aplicables. Cada procurador puede pactar honorarios distintos. En La Rioja los suplidos típicos suelen incluir desplazamiento al juzgado, tasas judiciales (si aplican) y copias.

Fases del procedimiento

  1. Recurso de reposición (potestativo) ante el órgano administrativo: 1 mes.
  2. Recurso contencioso-administrativo: 2 meses desde la notificación del acto definitivo.
  3. Reclamación del expediente administrativo a la Administración (suele tardar 1-3 meses).
  4. Demanda formalizada por el abogado, presentada por el procurador.
  5. Contestación de la Administración (Abogacía del Estado, Letrado autonómico o municipal).
  6. Prueba (si procede), conclusiones, sentencia. Recurso de apelación o casación si cabe.

Suplidos típicos

Copias del expediente administrativo (puede ser extenso), tasas judiciales (no para personas físicas, sí para sociedades), exhortos a otros órganos administrativos.

Consejos prácticos

  • El plazo de 2 meses para interponer el recurso contencioso es de caducidad: no se prorroga. Contacta procurador en cuanto recibas la notificación.
  • Si vas contra una administración estatal (Hacienda, Seguridad Social, AGE), la competencia normalmente es Audiencia Nacional o TSJ de tu CCAA — confirma con el procurador.
  • En multas de tráfico de menos de 600 € es desproporcionado contratar procurador; valora si te compensa.
  • Pide al procurador presupuesto antes de la fase de prueba: las periciales (técnicas, económicas) son aparte y suelen ser caras.
  • Si pierdes el contencioso, la condena en costas para particulares es habitual pero limitada al ámbito del recurso.

Preguntas frecuentes

¿Necesito procurador para recurrir una multa?

Para multas en vía judicial contenciosa de cuantía superior a 2.000 €, sí. Para multas menores, es potestativo. Para multas en vía administrativa (recurso de alzada, reposición), no se necesita procurador, solo abogado o presentación personal.

¿Y para recurrir a Hacienda?

En vía administrativa (reclamación económico-administrativa ante el TEAR/TEAC) no necesitas procurador. Sí en vía contenciosa: en Sala del TSJ o Audiencia Nacional, procurador obligatorio.

¿Cuánto cobra un procurador en contencioso?

Según arancel y órgano: 200-450 € en Juzgado, 400-700 € en TSJ, 700-1.000 € en casación. Los suplidos por copias del expediente pueden añadir 30-150 €.

¿Qué plazos tengo?

2 meses para interponer el recurso desde la notificación del acto definitivo (1 mes si optas previamente por reposición). Es caducidad: no se prorroga ni se interrumpe.

¿Qué pasa si la Administración no me envía el expediente?

Tu procurador puede solicitar al juzgado que lo requiera. Si la Administración sigue sin remitirlo, hay multas coercitivas. En la práctica suelen demorar 3-6 meses.