Procurador contencioso-administrativo: multas, sanciones y recursos
Cuando recurres una resolución administrativa —multas de tráfico, sanciones de Hacienda, expedientes urbanísticos, denegaciones de subvenciones, expropiaciones, denegaciones de nacionalidad— el procedimiento se sustancia en los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo. La intervención de procurador es obligatoria cuando la cuantía excede de 2.000 € o cuando se tramita ante Salas (TSJ, Audiencia Nacional o Tribunal Supremo). Este es uno de los órdenes jurisdiccionales con mayor tecnicismo procesal: el procurador es clave para no perder plazos —y en contencioso, perder un plazo significa perder el derecho.
¿Cuánto cuesta el procurador?
Arancel RD 1373/2003. Recursos en Juzgado: 200-450 €. Recursos en Sala TSJ: 400-700 €. Casación contenciosa: 700-1.000 €. Suplidos por copias del expediente administrativo (a veces extenso).
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- Recurso de reposición (potestativo) ante el órgano administrativo: 1 mes.
- Recurso contencioso-administrativo: 2 meses desde la notificación del acto definitivo.
- Reclamación del expediente administrativo a la Administración (suele tardar 1-3 meses).
- Demanda formalizada por el abogado, presentada por el procurador.
- Contestación de la Administración (Abogacía del Estado, Letrado autonómico o municipal).
- Prueba (si procede), conclusiones, sentencia. Recurso de apelación o casación si cabe.
Suplidos típicos
Copias del expediente administrativo (puede ser extenso), tasas judiciales (no para personas físicas, sí para sociedades), exhortos a otros órganos administrativos.
Consejos prácticos
- ✓ El plazo de 2 meses para interponer el recurso contencioso es de caducidad: no se prorroga. Contacta procurador en cuanto recibas la notificación.
- ✓ Si vas contra una administración estatal (Hacienda, Seguridad Social, AGE), la competencia normalmente es Audiencia Nacional o TSJ de tu CCAA — confirma con el procurador.
- ✓ En multas de tráfico de menos de 600 € es desproporcionado contratar procurador; valora si te compensa.
- ✓ Pide al procurador presupuesto antes de la fase de prueba: las periciales (técnicas, económicas) son aparte y suelen ser caras.
- ✓ Si pierdes el contencioso, la condena en costas para particulares es habitual pero limitada al ámbito del recurso.
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¿Necesito procurador para recurrir una multa?
Para multas en vía judicial contenciosa de cuantía superior a 2.000 €, sí. Para multas menores, es potestativo. Para multas en vía administrativa (recurso de alzada, reposición), no se necesita procurador, solo abogado o presentación personal.
¿Y para recurrir a Hacienda?
En vía administrativa (reclamación económico-administrativa ante el TEAR/TEAC) no necesitas procurador. Sí en vía contenciosa: en Sala del TSJ o Audiencia Nacional, procurador obligatorio.
¿Cuánto cobra un procurador en contencioso?
Según arancel y órgano: 200-450 € en Juzgado, 400-700 € en TSJ, 700-1.000 € en casación. Los suplidos por copias del expediente pueden añadir 30-150 €.
¿Qué plazos tengo?
2 meses para interponer el recurso desde la notificación del acto definitivo (1 mes si optas previamente por reposición). Es caducidad: no se prorroga ni se interrumpe.
¿Qué pasa si la Administración no me envía el expediente?
Tu procurador puede solicitar al juzgado que lo requiera. Si la Administración sigue sin remitirlo, hay multas coercitivas. En la práctica suelen demorar 3-6 meses.