Arancel del procurador
Cuadro oficial de honorarios del procurador aprobado por Real Decreto 434/2024, de 30 de abril.
Definición
El arancel es el cuadro oficial de honorarios del procurador, aprobado por el Real Decreto 434/2024, de 30 de abril. Establece los derechos por actuación procesal según el tipo de procedimiento, la cuantía y la fase, y opera como límite máximo.
Desde el RD 434/2024 el arancel funciona como máximo, no como tarifa cerrada: en asuntos de cuantía inferior a 75.000 € procurador y cliente pueden pactar libremente los derechos, y el procurador debe entregar presupuesto previo (art. 3). Existen "derechos" (honorarios) y "suplidos" (gastos de bolsillo: copias, tasas, peritos).
En conjuntos de actuaciones complejas, el arancel funciona por "porciones" sobre cuantía, con escala decreciente: cuanto mayor es la cuantía, menor es el porcentaje.
Ejemplo práctico
En un monitorio de 3.000 € de cuantía el arancel sitúa los derechos en torno a 200 € más suplidos. Al ser cuantía inferior a 75.000 € cabe pactar otra cifra, pero siempre por escrito y con presupuesto previo.
Términos relacionados
Procedimientos donde se aplica
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