Rebeldía procesal
Situación del demandado que no comparece en plazo. El procedimiento continúa sin él.
Definición
La rebeldía procesal es la situación en la que se encuentra el demandado que, debidamente emplazado, no comparece dentro del plazo legal para contestar la demanda.
Declarada la rebeldía, el procedimiento continúa sin el demandado. Las notificaciones se le hacen por edictos o, si tiene domicilio conocido, por correo certificado. No supone allanamiento: el juez sigue exigiendo prueba al demandante.
El rebelde puede personarse en cualquier momento posterior, pero perdiendo los actos ya realizados sin él.
Ejemplo práctico
Un deudor emplazado en un monitorio que no paga ni se opone es declarado en rebeldía. El juzgado despacha ejecución directa sobre sus bienes.
Términos relacionados
Procedimientos donde se aplica
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