Conceptos jurídicos

Rebeldía procesal

Situación del demandado que no comparece en plazo. El procedimiento continúa sin él.

Definición

La rebeldía procesal es la situación en la que se encuentra el demandado que, debidamente emplazado, no comparece dentro del plazo legal para contestar la demanda.

Declarada la rebeldía, el procedimiento continúa sin el demandado. Las notificaciones se le hacen por edictos o, si tiene domicilio conocido, por correo certificado. No supone allanamiento: el juez sigue exigiendo prueba al demandante.

El rebelde puede personarse en cualquier momento posterior, pero perdiendo los actos ya realizados sin él.

Ejemplo práctico

Un deudor emplazado en un monitorio que no paga ni se opone es declarado en rebeldía. El juzgado despacha ejecución directa sobre sus bienes.

Términos relacionados

Emplazamiento →
Acto procesal que cita al demandado para comparecer y contestar dentro de un plazo.…
Contestación a la demanda →
Escrito del demandado oponiéndose a la demanda en el plazo legal de 20 días.…

Procedimientos donde se aplica

Procurador para juicio monitorio Procurador para reclamación de cantidad

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