Conceptos jurídicos

Partido judicial

Demarcación territorial que agrupa juzgados de primera instancia e instrucción.

Definición

El partido judicial es la demarcación territorial básica del sistema judicial español. Cada partido judicial agrupa varios municipios y tiene su propio Juzgado de Primera Instancia y de Instrucción.

España está dividida en aproximadamente 432 partidos judiciales, fijados por la Ley 38/1988 de Demarcación y Planta Judicial.

El procurador debe estar habilitado para actuar en el partido judicial donde se tramita el asunto. Si el caso se tramita en otro partido, tu procurador puede coordinar mediante exhortos o "venia profesional" con un procurador local.

Ejemplo práctico

La provincia de Málaga tiene 11 partidos judiciales: Málaga, Marbella, Estepona, Fuengirola, Torremolinos, Antequera, Ronda, Vélez-Málaga, Torrox, Coín y Archidona.

Términos relacionados

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Procurador de los Tribunales →
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Venia profesional →
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